El Supremo dice que los bancos con cláusulas hipotecarias declaradas nulas deben recalcular los intereses desde el incio.

Es de público conocimiento que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó en diciembre de 2016 una sentencia declarando que en el caso de una cláusula suelo declarada nula por un juez español, el banco debe recalcular los intereses desde el otorgamiento de la hipoteca. Es decir, las consecuencias de la nulidad de la cláusula se retrotraen a la fecha de firma del préstamo hipotecario.

¿SIGNIFICA ESTO QUE LOS BANCOS VAN A EMPEZAR A LLAMAR A LOS CLIENTES PARA RECALCULAR LOS INTERESES?

No. Más bien se espera todo lo contrario.

La experiencia es que los bancos han preferido ir a juicio a reconocer la nulidad de las cláusulas suelo extrajudicialmente. Ahora que la nulidad les sale aún más cara es de esperar que las entidades financieras aún se resistan más a reconocer la nulidad de sus cláusulas.
En todo caso, lo que se estima va a pasar es que los bancos van a aumentar sus esfuerzos en convencer a sus clientes para firmar acuerdos privados extrajudiciales. Ante esta posibilidad se recomienda:

  1. desconfiar de todo acuerdo que proponga la entidad financiera, leyendo con sumo cuidado todo documento.
  2. solicitar un cuadro de amortización de lo pagado comparándolo con lo que se debió pagar.
  3. comprobar que el acuerdo incluya el pago de intereses de las cantidades indebidamente pagadas.
  4. buscar asesoramiento legal previamente a firmar ningún documento.