Reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) que vulnera el derecho básico a la vivienda.

Recientemente, el gobierno ha reformado la LAU por la vía de urgencia, mediante el Real Decreto Ley de Medidas Urgentes en materia de vivienda y alquiler de 14 de diciembre.

Cinco años con la versión de la LAU que nos dejó la Ley 4/2013 han demostrado que la reforma que realizó no sirvió para dinamizar el mercado del alquiler, como decía pretender. Aunque sí consiguió el efecto no confesado de proteger a las entidades financieras que en la crisis se hacían por la vía de la ejecución hipotecaria con cientos de viviendas ocupadas por inquilinos que no tenían sus derechos inscritos. Hemos de recordar que la reforma del 2013 impuso la necesidad al arrendatario de afrontar los costes de escritura y registro para poder defender su derecho de arrendamiento frente futuros adquirentes, como los bancos.

Tras estos cinco años y la constante subida del precio del alquiler, aquí tenemos otra reforma no consensuada.

Los antecedentes de esta reforma son sendas propuestas socialistas y de Podemos. Ambos proponen abandonar la necesidad de la inscripción en el Registro de la Propiedad, añadiendo Podemos la facultad de las CCAA de regular precios de referencia para el alquiler.

Al final, la reforma no ha recogido la clamada reforma de los artículos 7.2, 13 y 14 de la LAU.

Con esta reforma, volvemos a los 5 años de duración mínima de contrato, y de 7 años en caso de personas jurídicas.

Por otro lado, se fija en dos mensualidades de renta la cuantía máxima de las garantías adicionales que puede exigir el arrendatario, salvo contratos de larga duración.

También modifica el artículo que regulaba la exclusión de arrendamientos para uso turístico, eliminándose el requisito de comercialización a través de canales de oferta turística.  Ahora se remite directamente a la normativa sectorial de cada CCAA.

Otro aspecto a destacar es que se regulan los índices de referencia del precio del alquiler de la vivienda.

Con una reforma tan «precaria» sólo nos queda la esperanza de que el Real Decreto Ley no sea convalidado en el Congreso.